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El Defensor del Pueblo se suma a la tesis de ADICAE y exige medidas para impulsar el Real Decreto-ley en Cláusulas Suelo

La institución pide, en la línea de ADICAE, una correcta implantación del mecanismo extrajudicial previsto en el Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero.

19-03-2018

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El Defensor del Pueblo en funciones, Francisco Fernández Marugán, ha presentado el Informe anual 2017. El año pasado la Institución que dirige tramitó 25.776 expedientes, entre quejas (24.976), investigaciones de oficio (760) y solicitudes de interposición de recurso de inconstitucionalidad (40).

Entre las quejas dirigidas se detectan importantes problemas con la Justicia, como las que ADICAE lleva tiempo destacando, en especial con los afectados por las cláusulas suelo. En el informe el Defensor del Pueblo tilda de “fracaso” el Real Decreto Ley del Gobierno 1-2017, de 20 de enero, de medidas urgentes en esta materia. “Si bien se dictó con el propósito de reducir la previsible litigiosidad derivada de la anulación de esta cláusula en las hipotecas, el resultado no ha sido el esperado: el número de demandas judiciales superaba en diciembre de 2017 las 156.000, con la consiguiente sobrecarga de trabajo en los tribunales”, destaca el informe.

El Defensor del Pueblo da la razón a ADICAE cuando el mismo día de la aprobación del Real Decreto por parte del Gobierno sostuvo que sería “ineficaz y dejaría a muchos consumidores en manos de la banca y de los juzgados”, dada la no incorporación en la norma de muchos de las previsiones que ADICAE propuso a Gobiernos y Grupos Parlamentarios.

Según el informe no se ha conseguido evitar la judicialización de esas reclamaciones, ya que el elevado número de demandas presentadas permite deducir que el número de consumidores que han acudido a esta solución extrajudicial o que han visto satisfecha su reclamación “no es significativo.” De esta forma incide en la estrategia de las entidades, denunciada por ADICAE, de “desincentivación” a la reclamaciones, lo que pasa por tratar de alargar todo lo posible el proceso para que los clientes abandonen sus pretensiones.

 

Es evidente que el real decreto-ley citado no ha conseguido el resultado que cabía esperar de un procedimiento creado, precisamente, para evitar que los ciudadanos tuvieran que acudir a los tribunales para obtener satisfacción en una cuestión sencilla desde el punto de vista jurídico pero muy importante para las economías familiares”, advierte el Defensor del Pueblo.

 

ADICAE advirtió también que el decreto no abordaba los mecanismos de reclamación colectiva extrajudicial e incluso judicial previstos en la Ley ni el papel que las asociaciones de consumidores tienen por Ley para representar a los consumidores en general y a sus socios en particular. Algo fundamental que se constituye en la única garantía para evitar nuevos abusos como los que se han estado produciendo.

 

A la poca eficacia del procedimiento se suma, según ADICAE, la falta de voluntad de las entidades bancarias por lograr acuerdos. Según los datos aportados por el Consejo General del Poder Judicial más de un 98% de las 9326 sentencias dictadas durante 2017 dieron la razón a los consumidores. Este dato contrasta con la negativa con que el 87% de las reclamaciones extrajudiciales fueran denegadas.



Según datos del CGPJ y recogidos por el Defensor del Pueblo, entre el 1 de junio y el 8 de septiembre, Madrid tenía 13.064 demandas registradas; Andalucía 12.448; Cataluña 5.775; Castilla y León 4.917; Comunidad Valenciana 3.485; Canarias 3.236; Castilla-La Mancha 3.071. Teniendo en cuenta que la capacidad media de resolución anual de un juzgado de este tipo es de 1.000 asuntos, dicha medida podía no resultar eficaz en provincias con un número elevado de reclamaciones.

 

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