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El auto del TS que rechaza una revisión de la retroactividad de cláusula suelo no afecta a la mayoría de afectados

Los intentos de la banca por limitar los efectos de la sentencia europea y apoyarse en sentencias del Tribunal Supremo para limitar, y sobre todo retrasar, la justa devolución de lo indebidamente cobrado por las cláusulas suelo no podrá apoyarse en este nuevo auto del Supremo, aunque puede generar confusión en los afectados y la opinión pública

05-04-2017

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Madrid, 5 de abril. El auto conocido hoy del Tribunal Supremo en la que rechaza una demanda de revisión de una sentencia firme sobre cláusula suelo del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Torremolinos, solo tiene efectos extensivos a aquellas sentencias anteriores a la resolución europea del 21 de diciembre de 2016 que fueron igualmente declaradas firmes con conformidad de las partes, aunque sólo hubieran recibido devolución desde mayo de 2013.

El Tribunal Supremo ha aplicado la doctrina tradicional de “cosa juzgada” y el procedimiento complejo denominado “demandas de revisión” de una sentencia firme de cualquier tipo, pero deja muy claro que no afecta a ninguna sentencia ni demanda anterior a la sentencia europea de cláusula suelo que esté en curso o recurrida en instancias superiores en este momento.

Por ello es completamente claro que el auto del Supremo sólo alcanzará a una minoría que decidió presentar demandas individuales hasta el 21 de diciembre de 2016 y que obtuvo sentencias que no fueron recurridas y que por ello se hicieron firmes en la instancia correspondiente. En la práctica el auto conocido hoy no afecta a la gran mayoría de los afectados, como por ejemplo a los cerca de un millón de clientes con cláusula suelo de BBVA o Abanca, entre otras, ni a las decenas de miles de adheridos a la macrodemanda o demandas colectivas de ADICAE, que en todo momento han sido recurridas por la disconformidad con la devolución limitada al 9 de mayo de 2013. 

ADICAE quiere destacar el mal comportamiento de toda la banca en torno a una cuestión evidente: la obligación de devolver lo indebidamente cobrado en las cláusulas suelo desde el principio de sus graves efectos en las hipotecas para los consumidores. Esta conducta consiste en limitar, entorpecer y retrasar todo lo que puedan el cumplimiento de las sentencias e incluso el actual proceso extrajudicial de devolución puesto en marcha por el Gobierno con el Real Decreto 1/2017.

Estas actuaciones demuestran la mala fe y el maltrato a sus clientes al tratar de confundir, engañar y detraer el máximo dinero posible a los consumidores y usuarios aprovechándose de su posición de predominio. Todo ello será denunciado por ADICAE ante las autoridades competentes (Banco de España, ministerio de Economía y los grupos parlamentarios), denuncia que hará pública mañana jueves 6 de abril coincidiendo con las movilizaciones de consumidores y afectados por cláusula suelo promovidas por ADICAE en ciudades de toda España.

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