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El plazo para recurrir desahucios en España por cláusulas abusivas en la hipoteca podría ser ilegal

Así lo considera el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, quien asegura que el plazo para denunciar cláusulas abusivas -como las cláusulas suelo- para recurrir el proceso de ejecución hipotecaria no es razonable y no se ajusta a la normativa comunitaria.

30-10-2015

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Nuevo revés procedente de Europa para la legislación hipotecaria española. Tras el reciente informe de la Comisión Europea que indicaba que los bancos españoles debían devolver todo el dinero cobrado de más con las abusivas cláusulas suelo, ahora el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha indicado que el plazo para denunciar cláusulas abusivas en las hipotecas y evitar desahucios en nuestro país no se ajusta a la normativa comunitaria.

La opinión del abogado, Maciej Spuznar, no es vinculante pero se suma a media decena de sentencias firmes negativas contra la legislación hipotecaria española en el ámbito comunitario. Dentro de unos meses se conocerá la sentencia definitiva del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. 

En su opinión, el plazo “no es adecuado para preparar e interponer un recurso eficaz, lo que dificulta en exceso la defensa de los derechos de todos los consumidores. Según Spuznar, la directiva de la Unión Europea sobre cláusulas abusivas en las hipotecas “se opone a una disposición nacional como la española”.

Solo 10 días para paralizar el desahucio

La Ley 1/2013 de 14 de mayo de medidas para reforzar la protección de los deudores hipotecarios permite que los afectados por un proceso de ejecución hipotecaria puedan oponerse al desahucio alegando el carácter abusivo de una cláusula en la hipoteca -como, por ejemplo, una cláusula suelo- y suspender así el proceso.

En las ejecuciones hipotecarias iniciadas tras la entrada en vigor de la nueva normativa, que tuvo lugar en 2013, la oposición debe realizarse en el plazo ordinario de 10 días a partir de la notificación del auto. Sin embargo, el Gobierno introdujo una disposición transitoria para los procesos de ejecución hipotecaria que ya estaban en marcha cuando entró en vigor la normativa. Esta disposición fijaba el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su publicación en el BOE el 15 de mayo de 2013.

Para paralizar el procedimiento de ejecución hipotecaria es preciso interponer un incidente extraordinario de oposición basado en la existencia de cláusulas abusivas en el contrato de préstamo hipotecario. Para ello es necesario contar con abogado y procurador designado en el procedimiento de ejecución hipotecaria. Este trámite se puede realizar aunque ya se haya realizado la subasta de la vivienda en cuestión. ADICAE pone a disposición de todos los afectados un escrito de paralización de ejecuciones hipotecarias en caso de existencia de cláusulas abusivas.  

El camino a seguir para acabar con el problema hipotecario sigue pasando por cambiar una legislación hipotecaria anticuada, leonina y poco razonable, impuesta por la banca y tolerada por los sucesivos gobiernos. Es el momento de que los partidos políticos atiendan las reiteradas peticiones de ADICAE de reformar la legislación hipotecaria española, propuestas que tienen todos ellos encima de la mesa, y  cumplan con su labor parlamentaria, que es discutir y reformar la legislación. En este sentido, los consumidores deben estar alerta ante promesas preelectorales que conviertan estos cambios necesarios en mera cosmética.

Comentarios: 1

1 juan Richarte Foncubierta - 03-11-2015 - 19:16:26 h
NO HABRÍAN ESTOS ABUSOS DE LA BANCA SI NUESTROS POLITICOS FUERAN GENTES HONRADAS.LO VEMOS CADA DIA: CON GENTES COMO RATO, BLESA, Y UN LARGO ETC, QUE SON LOS CULPABLES DE TANTA IMPUNIDAD DE LA BANCA ESPAÑOLA PARA CON LOS CIUDADANOS. TIENE QUE VENIR DE EUROPA LA DEFENSA DE LOS INTERESES DE LOS ESPAÑOLES PORQUE NUESTROS POLITICOS Y LAS ALTAS INSTANCIAS JUDICIALES LES SON FAVORABLES. VERGUENZA DE ESPAÑA, CON TANTO CORRUPTO.

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