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Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros de España (ADICAE)
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Únete a las reclamaciones extrajudiciales colectivas de ADICAE para recuperar los gastos hipotecarios

ADICAE pone a disposición de todos los consumidores la posibilidad de sumarse a las reclamaciones extrajudiciales colectivas que la asociación ha puesto en marcha ante los diferentes bancos para que devuelvan las cantidades indebidamente cobradas por notaría, registro, impuestos..., también si ya se canceló la hipoteca. ¡Apúntate sin compromiso!

09-01-2017

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Todos los consumidores afectados por el fraude de los gastos hipotecarios (notaría, registro, impuesto de Actos Jurídicos Documentados, etc.) pueden reclamar a su banco a través de las reclamaciones extrajudiciales colectivas que ADICAE (Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros) ha puesto en marcha.

También tienen derecho aquellos cuyas hipotecas ya hayan finalizado.

 

Para sumarte a las reclamaciones colectivas, apúntate sin compromiso en este formulario y te informaremos de cada paso  

También puedes acercarte a tu sede de ADICAE más cercana y te ayudamos en persona a unirte a las reclamaciones  

 ¿QUÉ VA A HACER ADICAE? 

1   Vamos a a realizar reclamaciones extrajudiciales colectivas a cada entidad, agrupando en cada reclamación a los clientes de cada banco. Frente a la pretensión de algunos interesados en que cada afectado se busque la vida y se gaste el dinero en los tribunales enfrentándose al banco de manera individual, ADICAE pretende evitar a los ciudadanos una aventura judicial que en el mejor de los casos le llevaría a recuperar entre 1.500 y 3.000 euros.

“Estas reclamaciones extrajudiciales deberían propiciar acuerdos colectivos con los bancos para que devuelvan las cantidades indebidamente cobradas. 

2 Pero, si los bancos persisten en el abuso, ADICAE presentará las correspondientes demandas judiciales colectivas frente a cada una de las entidades que no cumplan la legalidad”, según ha explicado Manuel Pardos, presidente de ADICAE. 

ADICAE, como asociación sin ánimo de lucro, no cobraría nada de las cantidades recuperadas, que irían íntegramente al bolsillo del consumidor, a diferencia de la política comercial de bufetes que se quedan con una parte de lo recuperado.

3  En paralelo, ADICAE, la única asociación especializada en la defensa del usuario de servicios financieros, va a trasladar al Parlamento propuestas de reformas legislativas en materia fiscal que permitan clarificar qué tiene que pagar el consumidor y qué debe abonar el banco.

 ¿ME CUESTA DINERO RECLAMAR? 

No, ADICAE no cobra por poner reclamaciones, que son gratuitas. Como asociación legitimada para representar y defender a todos los consumidores, bastaría con asociarse y así disfrutar del resto de beneficios a los que tienen derecho los socios de ADICAE.

Ante la complejidad del asunto y la confusión generada por algunas noticias y la propia legislación, ADICAE aclara con el debido rigor cuestiones para que nadie se lleve a engaños:

 ¿EL BANCO DEBE PAGARLO TODO? 

La sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo de diciembre de 2015 está siendo interpretada en sus efectos prácticos por los juzgados de primera instancia y audiencias provinciales. Y, aunque todos siguen la línea marcada por el Alto Tribunal (anular por abusiva la cláusula que impone todos los gastos al consumidor) se mantiene cierta disparidad de criterios en relación al impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), existiendo resoluciones que atribuyen este gasto al consumidor, otros al banco y otros a ambos en diversas proporciones.

Y es que aquí estriba una de las principales controversias de la aplicación de la sentencia del Supremo. La Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados señala en su artículo 8 que el consumidor (el prestatario) es sujeto pasivo del préstamo, pero no de la garantía (la hipoteca). Por tanto no le corresponde al consumidor “de oficio” el pago de esa parte del impuesto. Pero sin embargo el Reglamento del impuesto (Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados) exime en su artículo 25 al prestamista (el banco) del abono del impuesto. Por ello ADICAE propondrá aclararlo mediante una reforma legislativa en materia fiscal.

 ¿PUEDO RECLAMAR AUNQUE YA NO TENGA LA HIPOTECA? 

Sí, la nulidad de la cláusula no prescribe, por lo que cualquier usuario puede reclamar aunque haya finalizado la vida de su hipoteca o esta se haya cancelado ya.

 ¿POR QUÉ SUMARME A LAS RECLAMACIONES EXTRAJUDICIALES COLECTIVAS? 

ADICAE va a interponer reclamaciones extrajudiciales colectivas, algo previsto en la regulación y para lo que está legitimada nuestra asociación, para lo que va a recabar la adhesión y apoyo a dicha reclamación de todos los consumidores que deseen reclamar sus derechos. En paralelo facilitará a todos los hipotecados que acudan a ADICAE un modelo de reclamación para que lo presenten, primero ante la propia entidad bancaria (Servicio de Atención al Cliente) y después, si este no responde o lo hace insatisfactoriamente, ante el Banco de España. En todo caso hay que remarcar que estas acciones serán colectivas y no individuales. 

Para sumarte a las reclamaciones colectivas que interpondremos frente cada entidad, apúntate aquí para que te vayamos informando de los pasos a dar.

 ¿QUÉ DOCUMENTACIÓN NECESITO PARA RECLAMAR? 

Estamos agrupando a los afectados en las reclamaciones extrajudiciales colectivas y de momento no hace falta entregar ninguna documentación para sumarse (ya lo pediremos cuando sea necesario). En todo caso los documentos que harían falta a futuro son las facturas de haber pagado los gastos de la notaría, del registro y del impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Si no los tienes, el banco está obligado a proporcionarlos.

 LAS INCERTIDUMBRES DE LAS DEMANDAS INDIVIDUALES 

Dadas las discrepancias entre diferentes juzgados de instancia, derivadas a su vez de las contradicciones entre la Ley del impuesto de AJD y su Reglamento de desarrollo, las demandas judiciales interpuestas pueden estimarse parcialmente (es decir, dando la razón en parte al usuario pero negándosela en la parte de reclamación de lo pagado por el Impuesto de AJD). Esto conlleva la no imposición de costas de contrario, es decir, que cada uno se pague sus costes de abogados y procuradores, lo que puede llevar a que el coste de la demanda sea mayor que la cantidad efectivamente recuperada. 

Frente a las actuaciones judiciales individuales, ADICAE considera que la acción colectiva, primero extrajudicial y luego judicial si es preciso, es la única vía de resolver el fraude, además de que evitaría el colapso de un sistema judicial ya de por sí saturado.

“Como en las cláusulas suelo, un fraude que afecta a la práctica totalidad de las hipotecas no puede resolverse caso por caso, como pretende la banca llevando a cada consumidor a los tribunales de uno en uno”, tal como ha señalado Pardos. Y más cuando la Justicia se ha pronunciado de forma tan tajante sobre la generalización de un abuso en unos contratos de adhesión como los hipotecarios donde no cabía ningún tipo de negociación.

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