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Ahorrar para prever situaciones de dependencia

Los recortes en el Sistema Público de Salud han facilitado que muchas aseguradoras y entidades financieras vendan productos que ofrecen coberturas para situaciones asociadas a la dependencia.

30-01-2015

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En los últimos años han proliferado los seguros que ofrecen coberturas para situaciones asociadas a la dependencia, es decir, situaciones en las que por edad o enfermedad, una persona requiere de algún tipo de asistencia personal. Con las políticas de ajuste, las prestaciones por dependencia cada vez son menores y llegan a menos gente. 

Esta injusta situación la están aprovechando las aseguradoras para ofrecer productos de ahorro que ofrecen dudas por su alto coste y por tener el ahorro cautivo. En efecto, estos productos proporcionan un capital en caso de fallecimiento, invalidez absoluta y permanente o dependencia en distintos grados. También pueden incluir cuidado físico y atención personal, acompañamiento, limpieza de hogar, asistencia y vigilancia nocturna o tratamientos especiales.

Hay que tener en cuenta que las primas de pago aumentan de forma anual, por lo que a partir de cierta edad no resultan tan rentables. El límite en general son los 69 años pero a esta edad ya casi no es rentable porque los ahorros que se invierten son casi la misma cantidad que se recibiría como máximo en caso de dependencia.

Existe otra modalidad similar en la que se paga una prima para, en un futuro, financiar una residencia de mayores. Lo mejor es ahorrar en otros productos ya que nos permiten disponer del dinero. Llegado el momento podemos emplearlo para cubrir la situación de dependencia llegado el caso.

'Hipoteca inversa', sólo como último y desesperado recurso

El fracaso de este producto demuestra su nula rentabilidad. Para poder optar al mismo, hay que ser mayor de 65 años y propietario de una vivienda. En el fondo se trata de utilizar nuestra vivienda como garantía para pedir un crédito.

El banco nos otorga un préstamo poco a poco, lo que crea la impresión de que se otorga una “renta mensual”. Pero que no le confundan, es una hipoteca sobre su vivienda, sobre la que tendrá que pagar unos elevados intereses.

Cuando el titular fallezca el banco reclamará a sus herederos la deuda pendiente, estos podrán saldarla vendiendo la vivienda o hipotecándose con la entidad. Si no responden, el banco ejecutará la hipoteca y se quedará con la vivienda. Además, suelen obligar a contratar un seguro de vida, para que la entidad se cubra en caso de que el usuario sobreviva a la edad máxima contratada.

ADICAE desaconseja totalmente este producto. Muy ocasionalmente se puede recurrir como última opción, en casos de enfermedad, problemas económicos muy graves, o de no tener familia.

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